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Cómo se conforma la Rama Judicial en Colombia

Desde hoy, usuarios de las sedes de la Rama Judicial deberán cumplir varias reglas

Redacción. Desde hoy rigen varias reglas para el ingreso y permanencia de servidores judiciales, abogados, usuarios y ciudadanía en general en las sedes de la Rama Judicial, así lo determinó el Consejo Superior de la Judicatura.

Entre las medidas, por ejemplo, está el hecho que al momento de ingresar a las sedes de trabajo, los servidores judiciales, abogados, usuarios y ciudadanos en general deberán proporcionar sus datos de identificación, contacto, e información sobre su estado de salud, para poder hacer un adecuado control del nivel de riesgo y seguimiento
por el coronavirus Covid -19.

No se permitirá el acceso a las sedes judiciales o administrativas de ninguna persona que presente o manifieste tener afecciones respiratorias o fiebre. Mediante termómetro láser o digital se tomará la temperatura a quienes quieran ingresar a las sedes y en su defecto se diligenciará y firmará el formato de reporte de estado de salud.

Al ingreso a las sedes cada persona debe lavarse las manos o usar gel antibacterial; las direcciones seccionales habilitarán instalaciones o establecerán mecanismos para el lavado de manos y en su defecto suministrarán gel antibacterial.

Es obligatorio el uso permanente de tapabocas. Para el ingreso y dentro de las sedes judiciales o administrativas se deberá mantener en todo momento una distancia mínima de dos metros entre las personas y evitar el contacto directo incluso para saludar.

Dependiendo del área del recinto podrá restringirse el ingreso de personas para mantener dicha distancia. No se podrán realizar reuniones presenciales en las que no se garantice dicha distancia mínima entre los asistentes.

Se evitará en lo posible el uso de ascensores; sin embargo, si la necesidad lo exige se deberá mantener el distanciamiento social dentro de los mismos y adoptar una posición de frente contra las paredes de la cabina, dando la espalda a las demás personas, se priorizará el acceso a los ascensores de las personas con movilidad reducida.

Los visitantes deben ingresar únicamente al lugar autorizado y por un período de tiempo limitado. Solo se podrá ingresar a las sedes judiciales para las actividades estrictamente necesarias y con autorización expresa del juez, magistrado o jefe de oficina o dependencia.

Se deberán acatar las medidas de autocuidado y bioseguridad contenidas en la Resolución 1462 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, así como las que emita el Consejo Superior de la Judicatura y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial para tales efectos.

Los directores seccionales revisarán y actualizarán el sistema de ingreso a las sedes para abogados, usuarios y ciudadanos establecido con el fin de evitar aglomeraciones y lo adaptarán a las condiciones del presente Acuerdo. La DEAJ consolidará la información sobre los sistemas adoptados en todo el país.

El Director Ejecutivo y los directores seccionales deberán asegurar que las sedes a su cargo tengan la señalización y avisos necesarios informando las condiciones de acceso y permanencia en las mismas, de uso de ascensores y las obligaciones de cuidado, en general.


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